JUEZ, JURADO Y VERDUGO SIN ROSTRO

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La propuesta del legislador Juan Burgos Oliveros para implementar jueces y fiscales sin rostro en casos de criminalidad organizada, presentada en el Congreso, plantea serios problemas de constitucionalidad. La iniciativa, que busca enfrentar la complejidad de la criminalidad organizada, ha despertado críticas de expertos legales y del programa Justicia Viva del Instituto de Defensa Legal (IDL), quienes señalan que va en contra de principios fundamentales de la Constitución, como el derecho al debido proceso y las garantías de un sistema de justicia independiente.

El proyecto de Burgos plantea la creación de «tribunales sin rostro» para casos vinculados a organizaciones criminales, proponiendo cambios en la Ley 30077. Sin embargo, la propuesta se muestra carente de argumentos sólidos y fundamentos jurídicos robustos. Con solo seis páginas de exposición de motivos y una interpretación errónea de la Constitución, el proyecto parece basarse más en percepciones superficiales que en un análisis jurídico profundo.

Expertos como Víctor Cubas Villanueva y Cruz Silva del Carpio advierten sobre la inconstitucionalidad del proyecto. Argumentan que este tipo de sistema viola el derecho al debido proceso y la independencia del sistema de justicia. Además, señalan que ya existen precedentes en sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que desaconsejan el uso de jueces sin rostro. Cubas Villanueva recuerda que esta medida fue aplicada tras el golpe del 5 de abril y resultó en la anulación de todos los procesos relacionados.

El Congreso debe ser cauteloso al proponer legislaciones que afectan principios fundamentales del sistema judicial y de derechos humanos. En lugar de medidas que comprometan la transparencia y el debido proceso, el enfoque debería dirigirse a fortalecer las instituciones y abordar la corrupción que permea en ellas. La propuesta de jueces sin rostro parece más un intento superficial de abordar la problemática, en lugar de una solución jurídica robusta.

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