Pensión de hijos a padres en estado de necesidad es obligatoria

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Así como los padres se encuentran obligados a brindar alimentos a sus hijos menores, los hijos están obligados a prestar pensión a sus padres cuando éstos no pueden solventar su sustento.

 

La defensora pública del Ministerio de Justicia, Gianina Paucar Ferroa, indicó que desde esta institución del estado se vienen tramitando casos sobre el derecho del adulto mayor a recibir la pensión alimenticia por parte de sus hijos.

 

Gianina Paucar sostuvo que todo adulto mayor que no dispone de un ingreso económico estable, mientras que sus hijos si cuenten con las posibilidades de sustentar la pensión, puede demandar la asistencia del derecho de alimentos.

 

Agregó que para iniciar los trámites, el demandante tiene que adjuntar la copia de DNI, partida de nacimiento del hijo demandado y adjuntar recetas médicas o boletas de sus gastos médicos.

 

Los interesados en orientarse sobre los derechos de alimentos y procesos judiciales pueden acercarse a la oficina de la defensoría pública ubicado en la av. Billingurst 1134 en San Juan de Miraflores, donde funciona la sede de Lima Sur o visitar los diferentes consultorios ubicados en los distritos de Lima Sur.

 

Este servicio del Ministerio de Justicia es gratuito. Para obtener más información se puede ingresar a la página web del ministerio de justicia www.minjus.gob.pe.

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