La decisión de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) de ordenar a la Sunedu derogar la disposición que prohíbe las clases 100% virtuales en las universidades a partir del periodo académico 2024 es un paso significativo hacia el respeto de los derechos de las personas y la mejora de la calidad regulatoria en el ámbito educativo. Esta medida se fundamenta en la falta de presentación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR) por parte de la Sunedu, un requisito obligatorio según el decreto legislativo n.° 1565, que busca fortalecer el proceso de mejora de la calidad regulatoria.
La PCM, como ente rector, tiene la responsabilidad de velar por normativas que consideren el impacto en los jóvenes y aseguren el ejercicio pleno de sus derechos. La observación de la PCM sobre las resoluciones emitidas por la Sunedu refleja una preocupación legítima por garantizar que las políticas educativas sean justas y equitativas para todos los estudiantes.
La Resolución del Consejo Directivo n.° 033-2023, que modifica las disposiciones para la prestación del servicio educativo superior universitario, y la Resolución n.° 00006-2024, que prohíbe las clases 100% virtuales, han sido objeto de críticas por limitar los derechos de las personas y generar variaciones en los costos de cumplimiento. Por lo tanto, la derogación de ambas resoluciones es una medida coherente con el objetivo de promover un entorno educativo inclusivo y de calidad.
Es fundamental que las políticas educativas se diseñen de manera participativa, considerando el impacto en la comunidad estudiantil y respetando sus derechos fundamentales. La revisión y eventual derogación de normativas como las mencionadas evidencian el compromiso del gobierno peruano con una educación justa, equitativa y accesible para todos.
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