Luego que el presidente Martín Vizcarra anunciará toque de queda para evitar avance de coronavirus, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior dispusieron medidas para unidades operativas y personal de trabajo durante las 24 horas.
Esta inmovilización social obligatoria a nivel nacional, fue dispuesta de acuerdo al D.S Nº 044-2020-PCM. En el mandato, también señala que personas que necesiten desplazarse en caso de emergencia, puedan hacerlo siguiendo algunas reglas.
Personal y vehículos que pueden circular las 24 horas
- Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
- Servicios Públicos Esenciales de Agua, Saneamiento, Energía Eléctrica, Gas, Hidrocarburos, Limpieza y Recojo de Residuos Sólidos.
- Servicios de Telecomunicaciones.
- Servicios Funerarios.
- Servicios de Transporte de Carga, Mercancías y Actividades Conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
- Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
- Personal de serenazgo y fiscalización de los Gobiernos locales.
- Personal de Medios de Comunicación y distribución de diarios y revistas.
- Servicio de traslado de Choferes de Servicio Urbano Masivo.
Vehículos que pueden circular de 5: 00 am a 8:00 am.
- Servicio de Transporte Urbano Masivo de Pasajeros autorizados.
- Servicio de Traslado de Trabajadores de Empresas y entidades dedicadas a actividades esenciales.
- Taxi Registrados y Autorizados por la ATU.
- Vehículos Oficiales de Transporte de Personal de Salud.
- Vehículos Particulares del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, Sistema Financiero y Seguros, Ministerio Público e INPE.
- Personal de empresas de seguridad.
- Vehículos que transportan personal a campamentos mineros.
Protocólo para desplazamiento o en caso de emergencia
- En Vehículo Velocidad: 30 Km/hora Luces intermitentes Luces interiores encendidas
- A Pie Portando un pañuelo blanco o cualquier distintivo del mismo color.
#ACLARACIÓN | Tal como se informó ayer en el comunicado oficial sobre las medidas para el cumplimiento de la inmovilización social obligatoria, los bomberos voluntarios y sus vehículos SÍ podrán desplazarse para acudir a sus compañías y atender emergencias. pic.twitter.com/2WBbv7mLTg
— Mininter Perú (@MininterPeru) March 19, 2020
How useful was this post?
Click on a star to rate it!
Average rating 0 / 5. Vote count: 0
No votes so far! Be the first to rate this post.
Estas noticias también te podrían interesar:
- Covid – 19: Decretan nuevas medidas ante confirmación de segunda ola en Perú
- Cines, casinos, gimnasios y artes escénicas volvieron con aforo limitado
- Gobierno levanta cuarenta en provincias de nivel extremo y dispone toque de queda
- Presidente Sagasti anunció nuevas medidas por covid – 19 que inician el 31 de enero