Las normas también contemplan límites a actos políticos, fin de la propaganda y aplicación de la “ley seca”
El
lunes 1 de junio comenzarán a regir las restricciones electorales en todo el
territorio nacional, a fin de asegurar el correcto desarrollo de la Segunda
Elección Presidencial del domingo 7 de junio, informó el Jurado Nacional de
Elecciones (JNE).
De
acuerdo con el artículo 191° de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), desde las
00:00 horas del lunes 1 quedará prohibida la publicación o difusión de
encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las
elecciones a través de los medios de comunicación. El incumplimiento de esta
disposición contempla multas que van entre 10 y 100 UIT (entre 55 mil y 550 mil
soles).
Asimismo,
desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio no podrán realizarse reuniones o
manifestaciones públicas de carácter político, conforme a lo establecido en el
artículo 190° de la LOE. La vulneración de esta norma se sanciona con cárcel no
menor de tres meses ni mayor de dos años, de acuerdo con el artículo 388° de la
misma ley.
A
ello se suma la suspensión de toda clase de propaganda política desde las 00:00
horas del sábado 6 de junio. Asimismo, la denominada “ley seca”, es decir la
prohibición del expendio de bebidas alcohólicas, regirá desde las 8:00 horas de
ese mismo día hasta las 8:00 horas del lunes 8 de junio.
De
acuerdo con el inciso a) del artículo 390° de la LOE, su incumplimiento se
sanciona con cárcel no mayor de seis meses y multa no menor del diez por ciento
del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa (S/ 3 390
soles).
Durante
la jornada de votación también estarán prohibidos los espectáculos públicos al
aire libre, en recintos cerrados, así como las reuniones de electores en un
radio menor de 100 metros de una mesa de sufragio entre las 7:00 y 17:00 horas
del día de la elección.
Los
fiscalizadores del JNE realizarán operativos en diversas regiones del país con
el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar condiciones
adecuadas para el ejercicio libre y transparente del voto.