Defensoría del Pueblo solicita a municipalidades distritales de Pucusana y VMT mayor compromiso contra el acoso sexual en espacios públicos

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La Oficina Defensorial de Lima Sur reiteró a las municipalidades distritales de Pucusana y Villa María del Triunfo (VMT) que deben aprobar ordenanzas contra el acoso sexual en espacios públicos, que permitan prevenir y sancionar esta modalidad de violencia, pues, a la fecha, no cumplen con esta obligación expresa en la Ley n.° 30314.

Del mismo modo, se solicitó incorporar en el plan distrital de seguridad ciudadana de ambos distritos las acciones de prevención y atención del acoso sexual en espacios públicos, desde un enfoque de ciudades seguras, donde ninguna expresión de violencia pueda ser tolerada.

Al respecto, el jefe de la oficina defensorial, Percy Tapia, recordó que el 27 de marzo del 2015 entró en vigencia la Ley 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, donde se establece que los gobiernos locales tienen la obligación de adoptar, mediante ordenanza, medidas que combatan el acoso sexual en lugares públicos, que constituye una manifestación de la violencia de género contra las mujeres.

Sobre el particular, de acuerdo a una encuesta realizada por la Defensoría del Pueblo, en el año 2019, los lugares más frecuentas donde se experimenta el acoso sexual son las calles con 46 %; le siguen los parques con 9 %; festivales/ferias y taxis con 7 %; universidades y centros comerciales con 6 %.

“La demora en la aprobación de esta ordenanza en los municipios de Villa María del Triunfo y Pucusana revela un débil compromiso para enfrentar esta modalidad de violencia sexual”, indicó el representante de la Defensoría del Pueblo, al indicar que toda persona víctima de acoso sexual callejero puede denunciar estos hechos en cualquier comisaría, fiscalía o juzgado de familia. Si alguna de estas instituciones se niega a recibir su denuncia pueden acudir a las oficinas defensoriales en todo el país.

Cabe recordar que se entiende como acoso sexual callejero cualquier conducta de naturaleza física, verbal o gestual de connotación sexual, cometida por una o más personas en contra de una o más víctimas; afectando derechos fundamentales como la dignidad, la libertad, la no violencia y no discriminación, la integridad y el libre tránsito.

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