Un total de 28 558 solicitudes de dispensa por no acudir a sufragar en las Elecciones Generales del pasado domingo 11, recibió el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en el primer día de los trámites tras los comicios.
Todas las solicitudes ingresadas y las que se presenten en los siguientes días y meses serán atendidas en un plazo máximo de dos días hábiles. Solo procederán si están debidamente sustentadas.
Para evitar colas y aglomeraciones, las solicitudes se realizan únicamente de manera virtual las 24 horas del día y los siete días de la semana; a través del Sistema de Dispensa Virtual del JNE, instalado en el portal institucional (www.jne.gob.pe o en el enlace https://dispensavirtual.jne.gob.pe/login).
Miembros de mesa
El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República o estar incurso en alguna de las incompatibilidades establecidas en los Artículos 57° de la Ley Orgánica de Elecciones.
Casos en que procede la justificación por inasistencia
De acuerdo con el Reglamento de Justificación y/o Dispensa Electoral, entre las causales figuran salud, viajes al extranjero por estudios o salud, desastres naturales, robo o pérdida del DNI, fallecimiento de familiar directo, discapacidad, prisión, función electoral, error en el padrón electoral.
Para estas elecciones también hay la causal por grupo de riesgo por la COVID-19 (ciudadanos con más de 65 años o con condiciones de comorbilidad o aquellos impedidos de ingresar a su local de votación por parte de ONPE al tener una temperatura superior a 37.5° C). El trámite, solo en estos casos, será gratuito.
Asimismo, las personas diagnosticadas con dicho virus, hospitalizadas o en condición de cuarentena pueden gestionar su dispensa por salud de manera gratuita. Debe tenerse en cuenta que la fecha de la elección (11 de abril) deberá estar comprendida en los 14 días de aislamiento que determine el médico luego del diagnóstico.
Requisitos para trámite de justificación o dispensa
- Copia de DNI/DNIe (Solo para la causal de pérdida o robo de DNI).
- Copias simples de los documentos que sustenten la causal invocada que comprenda un periodo electoral determinado y directamente relacionado con la fecha central del proceso electoral, conforme al detalle de las causales establecidas en la Tabla General de Causales que aplican en el otorgamiento de justificación y/o dispensa.
- Pago por derecho de trámite, de acuerdo con el monto aprobado en el TUPA y la UIT vigente. En caso de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio el monto a pagar es S/. 23.40 soles. En caso de inasistencia al sufragio el monto a pagar es de S/. 23.60 soles. Si cuentan con ambas omisiones en un mismo proceso electoral se cancela el monto menor (S/. 23.40). El derecho de pago debe acreditarse por cada proceso electoral.S/. 23.60.
- El pago por derecho de trámite se realiza en cualquier agencia del Banco de la Nación al código 01465 o por medios virtuales a través del portal https://pagalo.pe.
#JNEInforma | La solicitud de dispensa electoral se solicita de forma virtual y el plazo para hacerlo es hasta el mes de julio próximo. En este videotutorial te explicamos los pasos a seguir para realizar el trámite mediante la plataforma https://t.co/PQO7pLZ7jY pic.twitter.com/BpcNHU5ESG
— JNE Perú (@JNE_Peru) April 13, 2021
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