Alcaldes están obligados a rendir cuentas a burgomaestres electos

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El abogado municipalista, Dr. Luis Pastor, indicó que de acuerdo a la nueva ley de proceso de transferencia municipal, existe el concepto de rendición de cuentas. Es decir, la norma obliga al alcalde saliente a informar detalladamente sobre el estado de los servicios públicos a la nueva autoridad.

 

El Dr. Pastor recomendó a los alcaldes salientes a no abandonar sus cargos porque pueden ser sancionados. La rendición de cuentas debe darse antes de los 15 días de finalizada la gestión. Por otra parte, los alcaldes electos deben aprovechar en el proceso de transferencia para informarse y capacitarse adecuadamente.

 

Finalmente, los ciudadanos pueden presentar recursos al presidente del proceso de transferencia y así colocar en agenda los temas pendientes de resolución.

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