Coronavirus Perú: conoce las infracciones que serán multadas por no acatar cuarentena

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Desde este lunes 20 de abril entra en vigencia las multas por infracciones durante el estado de emergencia por Covid – 19, a través del  Decreto Legislativo 1458 publicado en El Peruano. Este mandato indica las faltas que serán sancionadas con una multa, el cual la Policía Nacional del Perú (PNP) está facultada a colocar al infractor.

Así, las personas que no cumplan con la cuarentena, recibirán multas que ascienden desde un 2% (S/86) hasta un 10% (S/430) de la UIT, dependiendo de la gravedad. La misma que tendrá un plazo a pagar de 5 días, el cual de no ser cancelado, no podrá hacer trámites civiles, ni bancarios, ni salir del país.

 

Infracciones que serán sancionadas con multa:

  • No respetar el distanciamiento social obligatorio es una multa de S/ 86. 00 (2% de la UIT).
  • Transitar con más de un integrante por familia para adquirir víveres o medicinas es S/. 215.00 (5% de la UIT).
  • Circular por la vía pública para desarrollar labores NO esenciales es también S/. 215.00.
  • Circular sin contar con el Pase Personal Laboral es S/. 258.00 (6% de la UIT).
  • Desarrollar actividades económicas NO esenciales es S/. 301.00 (7% de la UIT).
  • Circular en vehículo particular sin autorización es de S/. 344.00 (8% de la UIT).
  • Transitar sin mascarilla también es de S/. 344.00.
  • no respetar la inmovilización obligatoria los domingos es de S/. 387.00 (9% de la UIT).
  • No respetar la inmovilización social obligatoria en los horarios determinados, de 6 pm. a 4 am. a nivel nacional a excepción de Tumbes , Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto de 4 pm. a 4 am;  es de S/. 430.00 (10% de la UIT).
  • Rehusar a identificarse cuando lo requiera la PNP o las FF. AA también es es de S/. 430.00.

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